
La denuncia surge tras el conocimiento de múltiples casos, incluyendo dos por malos tratos y dos por abuso sexual, que motivaron una inspección por parte de un equipo interdisciplinario de la CPM. La clínica alberga a más de un centenar de usuarios, incluyendo un sector de internación para niños, niñas y jóvenes.
Malos Tratos, Abuso y Riesgo Material
Durante el monitoreo, la CPM constató un patrón de torturas y tratos inhumanos y degradantes, especialmente en los sectores de admisión. Las situaciones relevadas en el habeas corpus incluyen:
- Violencia Física y Sexual: Relatos de violencia física por parte del personal de enfermería y casos de abuso sexual (uno de los cuales motivó una denuncia penal separada por parte del organismo).
- Sujeción Mecánica y Medicación: Uso de sujeción mecánica gravosa y suministro irregular de medicación.
- Riesgos Materiales y Humanitarios: Condiciones edilicias irregulares y riesgosas (humedad, falta de luz y ventilación, matafuegos vencidos y material inflamable).
- Falta de Personal: Insuficiencia de personal para garantizar los cuidados básicos (higiene, alimentación, traslado).
- Fallecimientos Ocultados: Omisión de intervención al Poder Judicial en el caso de cuatro muertes de personas internadas.
El director de la clínica reconoció que pudieron corroborar varios hechos mediante las cámaras de seguridad y que desvincularon a dos trabajadores imputados por abuso sexual. Sin embargo, al momento de la inspección, el personal implicado en la violencia física continuaba en funciones, excusándose el director en posibles demandas sindicales.
Medidas Urgentes de la Justicia
El Juzgado de Familia 4 de Avellaneda-Lanús, a cargo de la jueza Lourdes Alonso de Santiago, dio curso a la presentación y ordenó medidas cautelares inmediatas.
La jueza se constituyó en la clínica, entrevistó a autoridades y usuarios, y constató lo denunciado por la CPM. Afirmó que «habría existido una conducta sistemática de los enfermeros que vulneró los más elementales derechos humanos de los y las pacientes».
En un segundo despacho, la jueza ordenó al director de la Clínica San Jorge:
- Apartamiento Inmediato: Adoptar medidas administrativas para apartar de su puesto al enfermero denunciado en las investigaciones penales.
- Aporte de Pruebas: Entregar de forma inmediata toda la documentación fotográfica o fílmica (cámaras) relacionada con los hechos.
- Capacitación Obligatoria: Arbitrar los medios para que todo el personal de enfermería reciba y acredite capacitación específica en materia de salud mental y derechos humanos.
Este caso subraya la necesidad urgente de que el Ministerio de Salud, como autoridad de aplicación de la ley de salud mental, profundice las fiscalizaciones en las instituciones del subsector privado para garantizar la protección de los derechos de los pacientes.