El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, aprobado por el Senado en la noche del jueves, incorpora un nuevo régimen de desalojos exprés para acelerar la restitución de viviendas, campos y terrenos ocupados ilegalmente, además de modificar el sistema de expropiaciones y avanzar en la digitalización de los registros de la propiedad, informó NA.
Desalojo exprés
- Se aplicará cuando se trate de inmuebles usurpados o tenedores precarios.
- El juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble si «el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria».
- El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño.
- Los propietarios podrán intimidar a los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos, pero le deberán otorgar un plazo de al menos 10 días corridos para ponerse al día.
- Si se mantiene el incumplimiento del inquilino, el propietario puede iniciar la acción de desalojo que se efectuará en un plazo de 10 días hábiles.
- El propietario no puede negarse a recibir las llaves ni poner condiciones para aceptarlas, aunque puede dejar asentado por escrito que quedan deudas pendientes por reclamar después.
- En el caso de que haya menores o adultos en situación de desamparado, el juez deberá darles intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.
Expropiaciones
- La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva.
- El Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.
- Se estableció un tope 30% de indemnización por lucro cesante.
- La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a treinta días.
Digitalización y regularización de escrituras
- Se podrá presentar documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país, aunque en algunas jurisdicciones ya se permiten.
- El proyecto modifica la ley «Pierri» de regularización dominial para que puedan acceder a la escritura de esa vivienda única para las familias que tengan una posesión pública durante los 10 años anteriores para poder acceder a ese beneficio.
