El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones

El Decreto 84/2026 establece los criterios de acceso, control y conversión de las pensiones no contributivas, tras un fallo judicial que ordenó aplicar la norma suspendida por falta de financiamiento.

Un nuevo esquema de pensiones no contributivas para personas con discapacidad quedó oficialmente habilitado con la publicación del Decreto 84/2026 en el Boletín Oficial. La norma reglamenta la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y fija los lineamientos, incluyendo requisitos de acceso, condiciones de permanencia y mecanismos de control.

La decisión del Poder Ejecutivo se produce luego de un fallo del Juzgado Federal de Campana, que declaró inválida la suspensión de la Ley 27.793 y ordenó su aplicación inmediata. A partir de esa resolución judicial, el Gobierno avanzó con la reglamentación y con la reorganización institucional de la política de discapacidad.

Entre los cambios centrales, el decreto dispone que la Secretaría Nacional de Discapacidad pase a depender del Ministerio de Salud, concentrando en esa cartera la planificación y ejecución de las políticas públicas vinculadas, bajo un enfoque integral que articula salud, protección social e inclusión laboral.

El texto también ordena la conversión automática de las pensiones no contributivas vigentes al nuevo régimen de Pensión por Discapacidad para Protección Social y establece criterios de compatibilidad con otros ingresos y beneficios.

Además, instruye a la Secretaría a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar parámetros de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas en un plazo de 30 días.

Las acciones complementarias se implementarán mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La reglamentación rige desde el 3 de febrero de 2026.