El juez que frenó la reforma laboral habilitó un artículo clave que impacta en las indemnizaciones

El cuestionado magistrado habilitó el artículo 54, que impacta en el cálculo de los créditos laborales en el marco de juicios en trámite y sin resolución definitiva.

El juez Raúl Horacio Ojeda que el 30 de marzo había dejado en suspenso unos 82 artículos de la reforma laboral aprobada por el Congreso en febrero dio marcha atrás con la cautelar que impedía la aplicación del artículo 55.

Dicho artículo regula cómo deben actualizarse los créditos laborales en los juicios en trámite y pendientes de sentencia definitiva.

La normativa, junto con el artículo 54, integran el nuevo esquema legal de actualización e interés de los créditos laborales. La nueva ley dispuso que los créditos de relaciones individuales de trabajo se actualicen por IPC más una tasa del 3% anual.

El magistrado explicó su giro en una resolución que establece que las medidas cautelares son siempre provisorias y pueden ser ampliadas, modificadas o revocadas cuando aparecen nuevos elementos de juicio.

Sobre esa base, un nuevo análisis lo llevó a dejar sin efecto la suspensión de la cautelar del artículo 55. Sin embargo, el juez adujo que la disposición que impuso podía perjudicar a los trabajadores ya que en varias jurisdicciones del país los sistemas de actualización resultan menos favorables que el régimen previsto en el artículo 55 de la nueva ley.

Este nuevo fallo podría abrir las puertas a la revisión de las cautelares sobre los otros artículos, ya que bajo el mismo justificativo, las diversas jurisdicciones de las provincias argentinas, podrían echarse atrás.