6 julio, 2026

Ordenaron que los vapeadores adviertan sobre los riesgos para la salud

La resolución del Ministerio de Salud incluye también a cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina. Y suma un chatbot para denuncias.

El Ministerio de Salud aprobó una nueva normativa gráfica para las advertencias sanitarias que deberán incluir los productos de tabaco y nicotina comercializados en el país. La medida reemplaza los diseños vigentes, incorpora nuevos mensajes e imágenes sobre los efectos nocivos del consumo y extiende su alcance a los productos alternativos al cigarrillo convencional.

La resolución deroga las normas que habían actualizado las advertencias en 2019 y 2021 y sustituye el Anexo I de la Resolución 497/2012, estableciendo un nuevo esquema de mensajes sanitarios y pictogramas que deberán figurar en los empaques. La actualización responde a la obligación prevista en la Ley 26.687, que exige renovar periódicamente estas advertencias para mantener su efectividad como herramienta de prevención del tabaquismo.

Además, la normativa incorpora referencias expresas a los dispositivos electrónicos para consumir nicotina y a los productos de tabaco calentado, en línea con el nuevo marco regulatorio aprobado este año para su comercialización. También prevé que la señalización en los espacios donde está prohibido fumar incluya la prohibición del uso de estos dispositivos.

Otro de los cambios contempla la actualización de los canales oficiales para consultas y denuncias. A las vías tradicionales se suma un chatbot de WhatsApp del Ministerio de Salud, que brindará información sobre tabaquismo, estrategias para dejar de fumar y permitirá orientar a los usuarios sobre cómo denunciar incumplimientos de la legislación vigente.

La resolución establece que las nuevas advertencias deberán implementarse dentro de los plazos previstos por la reglamentación de la Ley 26.687, que dispone un período mínimo de seis meses entre su publicación y su entrada en vigencia para que fabricantes e importadores adecuen los envases.

En ese marco, el Ministerio también prorrogó por 180 días el plazo de implementación del régimen aprobado por la Resolución 549/2026, con el objetivo de armonizar ambas regulaciones y facilitar la adaptación de los productos alcanzados por las nuevas exigencias sanitarias.