¿Qué montos y cuáles son los requisitos del nuevo Repro?

La medida fue oficializada a través de una Resolución del Ministerio de Trabajo publicada en el Boletín Oficial.

El Gobierno modificó los alcances y requisitos para acceder al “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (Repro), que fue establecido para ayudar a determinadas empresas a pagar los sueldos de sus empleados.

La medida, que reemplaza, con modificaciones, a los Programa de Recuperación Productiva (Repro) y Programa Repro II, de 2018 y 2020, respectivamente, fue anunciada a través de la Resolución 420/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial. Y entre los puntos que se destacan está que el subsidio se entregará durante tres meses y el interesado solamente podrá inscribirse en el programa en dos ocasiones como máximo, de manera consecutiva o no.

Esta resolución firmada por Claudio Moroni fusiona a sus predecesores y presenta modificaciones. Según indica el texto, porque “en el contexto actual de la economía nacional, se evidencian diversos indicadores que dan cuenta de un proceso de reactivación de la actividad económica y del empleo”.

Un Comité de evaluación y monitoreo estará encargado de analizar los “indicadores patrimoniales, financieros y económicos” de aquellos que quieran acceder al beneficio, que establece “un subsidio a la nómina salarial” de las empresas.

“El beneficio consistirá en una asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los sujetos empleadores adheridos al Programa”, se explicita.

Por otro lado, se aclara que “para acceder al Programa antedicho, los empleadores y empleadoras, además de cumplir con los requisitos e indicadores del programa, deberán presentar un ‘Plan de recuperación económica, productiva y laboral’ que sea consistente, veraz y factible, el cual será objeto de evaluación” por parte del Ministerio.

No podrán acceder al beneficio los empleadores que perciban subsidios del Estado Nacional, provincias y municipios, Tampoco las empresas con una antigüedad menor a seis meses al momento de presentar su solicitud. En esta medida, que solo abarca al sector privado, tampoco están incluidos quienes “se encuentren incluidos en el Programa para el Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (Fescas) del Ministerio de Salud”.

El monto del que se hará cargo el Estado “será equivalente al 50% de la remuneración total hasta un máximo del 50% del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa”. Cabe recordar que a partir del 1° de abril, el salario mínimo está en $38.940 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo.

“Para percibir la asignación, los trabajadores y las trabajadoras no deberán percibir una remuneración total superior a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente”, se detalla.

La asignación será por tres meses y el empleador solo podrá acceder durante dos períodos, que pueden ser o no consecutivos, siempre que sea dentro de los tres años desde el inicio del primer período otorgado.

Quiénes pueden acceder

Los empleadores podrán acceder a este nuevo programa si cumplen con las condiciones de acceso que se detallan en la Resolución:

a) Enfrentar una situación económica crítica conforme la evaluación de un conjunto de indicadores patrimoniales, financieros, económicos y de parámetros, los cuales serán definidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (Repro).

b) Presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” consistente, veraz y de efectivo cumplimiento.

c) No haber efectuado una reducción de personal mayor al 20% en la comparación interanual al momento de solicitar la asistencia dineraria.

Para inscribirse, deberán ingresar con su Clave Fiscal en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Allí encontrarán el detalle de la documentación y otras cosas que deberán presentar para poder contar con el subsidio.

Por otro lado, perderán el beneficio quienes despidan empleados sin justa causa. 

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