Salud prohíbe la importación y comercialización de productos de tabaco calentado

El Ministerio de Salud emitió una resolución prohibiendo la importación, comercialización y publicidad de productos de tabaco calentado. La medida se aplica a todo el territorio argentino y busca proteger la salud pública.

El Ministerio de Salud ha emitido una Resolución en la que prohíbe la importación, comercialización y publicidad de dispositivos electrónicos destinados a inhalar vapores o aerosoles de tabaco, conocidos como “Productos de Tabaco Calentado” (PTCs). Esta medida se aplica a cualquier modalidad de promoción y patrocinio en todo el territorio argentino y se extiende a los cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas. La norma entrará en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

La resolución indica que los PTCs producen “aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas como el acetaldehído, la acroleína y el formaldehído, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud“. Además, se considera que los PTCs pueden ser “un potencial riesgo para la salud de la población y el desarrollo de comportamientos adictivos en los jóvenes”.

Según la Resolución 565/2023 de la cartera sanitaria, la prohibición se extiende “al funcionamiento de dichos sistemas o dispositivos, como asimismo a cartuchos y barras de tabaco para ser calentadas en dichos sistemas”.

La Resolución entrará en vigencia a partir de mañana, se indica en el artículo 3 de la norma que firma la ministra Carla Vizzotti.

Según datos de la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo de 2018, el consumo de cigarrillos electrónicos en Argentina alcanza el 1,1% de la población adulta, aunque se observó un alarmante porcentaje de uso entre los adolescentes, que según la Encuesta Mundial de Tabaco en Jóvenes del mismo año, alcanzó el 7% de la población de 13 a 15 años.

La medida publicada hoy será comunicada a las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría de Comercio, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a la Dirección Nacional de Aduanas, al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), a la Secretaria de Relaciones Económicas Internacionales y/o todo otro organismo competente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

El consumo de tabaco es uno de los principales factores de riesgo para contraer enfermedades no transmisibles y es la primera causa de muerte prevenible en los países desarrollados, según la Organización Mundial de la Salud (OMS). En Argentina, se calcula que mueren 40.000 personas cada año debido al consumo de tabaco.

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