8 julio, 2026

Extienden el plazo para que los clubes de barrio mantengan los subsidios energéticos

La medida del Gobierno nacional se extenderá hasta fin de año. Qué deben hacer los clubes de barrio para acceder.

El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los Clubes de Barrio y de Pueblo que ya reciben subsidios energéticos completen el trámite de reempadronamiento y puedan conservar el beneficio previsto por la Ley N.º 27.098. La gestión deberá realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

La medida fue dispuesta por la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética tras advertir que una parte importante de las instituciones beneficiarias aún no logró finalizar el proceso de reempadronamiento o se encuentra con sus solicitudes en etapa de evaluación. De no extenderse el plazo, numerosos clubes podrían perder el acceso a la tarifa social por cuestiones exclusivamente administrativas.

La medida, que alcanza a alrededor de 12.000 instituciones sin fines de lucro, fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial a través de la Disposición 6. En rigor, el subsidio para los clubes de barrio es el mismo al que acceden los usuarios que están dentro del grupo de hogares con subsidios del nuevo esquema que lanzó el Gobierno de Javier Milei en enero, que anteriormente pertenecían al Nivel 2 de la segmentación tarifaria.

Es decir, recibirán un bloque subsidiado de 300 kilowatts por hora (kWh) mensuales en electricidad entre enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto, diciembre. El excedente consumido lo abonarán como la tarifa plena. Mientras que en marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre será de 150 kWh mensuales. En gas, los bloques subsidiados tienen un tope de consumo que varían según la distribuidora, el tipo de usuario residencial y el mes.

Subsidios para los clubes de barrio

La normativa aclara que la prórroga tiene como objetivo garantizar la continuidad del procedimiento de análisis de las solicitudes y permitir que todas las entidades que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley N.º 27.098 puedan ser evaluadas antes del vencimiento del plazo.

Asimismo, el Gobierno remarcó que la extensión no modifica los requisitos para acceder al beneficio ni implica la incorporación automática de nuevas instituciones al régimen. Los controles y las verificaciones sobre el cumplimiento de las condiciones previstas en la legislación vigente continuarán desarrollándose durante el período de prórroga.

La disposición también precisa que la extensión alcanza únicamente al reempadronamiento de los clubes que ya integran el régimen, mientras que las solicitudes de incorporación de nuevas entidades seguirán tramitándose con el procedimiento actualmente vigente y no forman parte de esta prórroga.

Qué deben hacer los clubes de barrio

Los clubes deberán completar el formulario con información de la institución. En ese sentido, deberán:

  • Detallar la cantidad de sedes y de cuentas de gas y electricidad a subsidiar.
  • Presentar una declaración jurada aclarando que no están alcanzados por los criterios de exclusión del beneficio en las facturas.
  • Presentar información del presidente de la institución, su estatuto, el certificado que afirma que están inscriptos en el Registro Nacional de Clubes de Barrio.
  • Ceder gratuitamente sus instalaciones para actividades sociales, educativas no formales y culturales en la comunidad a la que pertenecen.
  • Deberán responder si la institución fue creada por una empresa comercial o con fines de lucro; si el club arrenda sus instalaciones a alguna empresa de eventos o cadena de gimnasios privados; si tiene su sede central en el extranjero; y si comparte medidores de gas o electricidad con alguna empresa comercial.