La Ciudad recusará al juez Gallardo después de que citó a dos ministros para intentar frenar el inicio de clases

El Gobierno de la Ciudad se apresta a recusar al juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Roberto Gallardor, que ayer citó a la ministra de Educación, Soledad Acuña, y a su par de Salud, Fernán Quirós, luego de un recurso para frenar el inicio de la clases el 17 de febrero presentado por un sector del gremio UTE-Ctera.

Los motivos detrás de la recusación contra el magistrado se centran además en la percepción de que tienen cerca del jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, de guía sus fallos por intenciones políticas más que por cuestiones jurídicas.

“El inicio de clases es una prioridad y un objetivo para toda la sociedad para el cual los gobiernos, sindicatos, docentes y familias están trabajando de manera cooperativa y colaborativa para arribar de la manera más cuidada posible”, añadieron desde la Ciudad.

Gallardo ayer, además de citar a los mencionados ministros, dispuso que el Gobierno porteño «puntualmente» informe «si está previsto realizar dichos testeos de manera previa al ciclo lectivo 2021, debiendo indicar, en su caso, lugar, fecha y modalidad de la realización».

Según el sitio de internet judicial, la resolución dictada ayer dispuso que la audiencia convocada por el juez para el 10 de febrero se realice en forma virtual, a través del sistema Cisco Webex, implementado por el Consejo de la Magistratura de la CABA.

Según la disposición del juez, en la audiencia podrán participar «todas aquellas personas que tengan interés en el resultado del litigio».

Además, el magistrado requirió que se le informe también si la administración de Rodríguez Larreta tiene previsto realizar testeos de «manera periódica» durante el ciclo lectivo 2021, «así como la adopción de otras medidas tendientes a prevenir la propagación del virus Covid-19 en el ámbito escolar».

Los convocados a la audiencia, destacó Gallardo, «podrán formular las aclaraciones que estimen pertinentes respecto del objeto del litigio y de sus pretensiones y deberán, asimismo, brindar las explicaciones que el Tribunal estime conducentes para la resolución de las cuestiones planteadas».

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